El
tema ambiental impulsado por el Gobierno busca cubrir todos los ámbitos.
El
último acuerdo, # 092 aprobado el 9 de junio del 2011, consiste en implementar
un mejor manejo de las prácticas agrícolas en las plantaciones bananeras. En
este acuerdo el Ministerio del Ambiente determina que cada proyecto bananero
obtenga su ficha ambiental específica, lo que implica una licencia de ejecución
del proyecto.
Contempla
que todas las fincas bananeras menores o iguales a 20 hectáreas deben regularizarse ambientalmente a
través de la obtención de una ficha ambiental, excepto las que intersecten con
el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores o Patrimonio
Forestal del Estado. Mientras que las mayores de 20 hectáreas deberán regularizarse a
través de la obtención de la licencia ambiental.
La
actividad de aerofumigación deberá someterse a la obtención de una
licencia ambiental debido al alto grado de peligrosidad que resulta el uso de agroquímicos en
las zonas productivas y sus alrededores.
Estas
nuevas disposiciones, emitidas por la ministra del Ambiente, Marcela Aguiñaga,
deberán difundirse mediante una campaña integral sobre el Plan de Manejo
Ambiental entre los productores y su área de influencia ecológicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, *sumak wawsay*
y declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación,
de los ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados.
Licencia Ambiental
Es
la autorización que otorga la autoridad competente a una persona natural o
jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que pueda causar
impacto ambiental. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y
condiciones que el proponente de un proyecto debe cumplir para prevenir,
mitigar o remediar los efectos indeseables que el proyecto autorizado pueda
causar en el ambiente.
Productores Cuestionan
decisiones de DAC
Jorge Alex Serrano,
presidente de la Asociación de la Cámara de Productores de El Oro (Asocampro),
mediante rueda de prensa mostró su preocupación por la resolución adoptada por
la Dirección General de Aviación Civil que prohíbe las fumigaciones a
una distancia de 200 metros de un centro educativo.
De
acuerdo a Serrano, se está pidiendo que esta resolución sea revisada y se
considere otros aspectos de aplicación, caso contrario sería muy complejo el
poder realizar esta actividad lo cual quebraría a los pequeños bananeros que
deberán contratar mayor personal para hacer las fumigaciones directas
y ya no aéreas.
Documento
Y
es que las resoluciones sobre la responsabilidad de dispersar los plaguicidas señala,
entre otras cosas, que ningún operador y piloto podrá dispersar desde una
aeronave material o sustancia alguna, sobre zonas pobladas, centros educativos; reservorio de
agua, ríos, esteros, granjas avícolas, colmenas y criaderos de animales en
general.
Además,
ninguna empresa aerofumigadora o piloto “podrá realizar actividades
de fumigación aérea y dispersión de cualquier material o sustancia a un radio
inferior a 200 metros de un centro educativo”. A esto se suma que no se podrán
realizar fumigaciones en horario de clases y tampoco si la aeronave
no está registrada en Agrocalidad.
Derogatoria
“Nosotros como Cámara de la Producción del Ecuador, habíamos estado en reuniones con el Ministerio (del Ambiente), para crear parámetros en que se permita alejarse unos metros de las escuelas, ríos, y luego fijar unos metros más que nos permita realizar aplicaciones terrestres”, para que el producto no caiga sobre seres
humanos, asevera Serrano.
“Nosotros como Cámara de la Producción del Ecuador, habíamos estado en reuniones con el Ministerio (del Ambiente), para crear parámetros en que se permita alejarse unos metros de las escuelas, ríos, y luego fijar unos metros más que nos permita realizar aplicaciones terrestres”, para que el producto no caiga sobre seres
humanos, asevera Serrano.
Por
ello esperan se revea la cantidad de metros para aplicar esta norma
que es impulsada por el Ministerio del Ambiente, lo cual preocupa a los representantes de
las Cámaras porque se estaría poniendo en riesgo el poder combatir al hongo de
la Sigatoka Negra.
“Estamos
hablando de 200 metros de foco por 100 metros perpendicular al río, ya estamos
hablando de dos hectáreas (…) Y si cortamos todas las bananeras 200 metros
simple y sencillamente el banano en El Oro desaparece”, sentenció el
dirigente.
Planteamientos y Observaciones
La
prohibición a las actividades de las fumigaciones aéreas en
plantaciones bananeras, durante los horarios de clases de sectores aledaños,
fue hecha el pasado 11 de noviembre por la Ministra del Ambiente, Marcela Aguiñaga.
Esta
medida fue adoptada por la DAC, luego que el mismo Art. 7 del
Reglamento de Saneamiento Ambiental Bananero, faculta a la Dirección General de
Aviación Civil para el control y regulación de las actividades de aviación
agrícola.
Serrano
dice que por ninguna parte se describe el modo aplicarse, pero que si sospechan
que la DAC controlará desde las pistas donde despegan las aeronaves.
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